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El recato en el modo de vestir

Obispo Mark A. Pivarunas

Junio 21 de 1996

Amados en Cristo:

Con el calor de los meses veraniegos no sólo es apropiado, sino necesario que nuestros sacerdotes prediquen a los fieles acerca de los peligros espirituales tan predominantes hoy en los ámbitos de la modestia y la castidad. Esta carta pastoral tiene como propósito ayudar a los sacerdotes en su responsabilidad moral de instruir a sus parroquianos.

En primer lugar, los principios de la modestia y la castidad se basan en el sexto y noveno mandamientos de Dios:

No cometerás adulterio (Éxodo 20:14).

y

No codiciarás la mujer de tu prójimo (Éxodo 20:17).

Leemos, además, en el evangelio de san Mateo que nuestro Divino Salvador Jesucristo reiteró el noveno mandamiento cuando dijo:

Oísteis que fue dicho: “No cometerás adulterio.” Pero yo os digo que cualquiera que mira a una mujer para codiciarla, ya adulteró con ella en su corazón (Mt. 5:27-28).

Cuando reflexionamos sobre estos temas, nos vienen a la mente algunas de las advertencias que dio la Bienaventurada Virgen en Fátima (Portugal,1917): “Se introducirán ciertas modas que ofenderán mucho a Nuestro Señor. […] Más almas se van al infierno a causa de los pecados de la carne que por cualquier otra razón.”

Han pasado casi 80 años desde las apariciones de Nuestra Señora en Fátima y, ¡qué profético fue su mensaje! Con la moderna tecnología — la televisión, los cines y los videos, y ahora las computadoras — nuestros jóvenes están expuestos diariamente a la pornografía y otras inmoralidades que tanto destruyen su carácter moral. Sus efectos son obvios: promiscuidad y embarazo de adolescentes, abortos, abierta promoción de contraceptivos y aumento de crímenes violentos contra las mujeres.

¡Qué trágico es ver a tantos jovencitos vivir como si no hubiera Dios, mandamientos, pecado mortal, muerte, juicio o eternidad! Sin embargo, es todavía más trágico ver a mujeres y niñas católicas caer víctimas de los encantos de las modas y estilos indecentes; y, en esto, se convierten en ocasión de pecado para muchos otros.

El papa Pío XII lamentó este triste y funesto espectáculo en muchas ocasiones; por ejemplo, en 1954 dijo tristemente: “Cuántas jovencitas hay que, como tantas ovejas, no ven nada malo en seguir ciertos estilos desvergonzados. Ciertamente se ruborizarían si supieran la impresión que hacen, y los sentimientos que evocan, en las personas que las ven.”

En otra ocasión, se dirigió a los grupos de jóvenes católicas de Italia:

El bien de nuestra alma es más importante que el corporal; y debemos preferir el bienestar espiritual de nuestro prójimo a las comodidades de nuestro cuerpo…

Si cierto tipo de vestido constituye una ocasión grave y próxima de pecado, y pone en peligro la salvación de tu alma y la de otros, es tu deber abandonarlo…

Oh madres cristianas, si supieran qué futuro de ansiedades, peligros y de vergüenzas preparan para sus hijos e hijas al acostumbrarles imprudentemente a vivir escasamente vestidos y haciéndoles perder el sentido del pudor; si supieran, se apenarían y espantarían por el daño que se hacen a ustedes mismas, por el daño que están causando a estos niños, a quienes el cielo les ha confiado para ser educados como cristianos.

Todo eso está muy bien, pero carecerán de sentido en ausencia de ciertas pautas prácticas que indiquen exactamente qué constituye una vestimenta inmodesta para mujeres y niñas. Las siguientes directrices generales, basadas en varios extractos de libros de teología moral, no deben ser demasiado difíciles de entender para nuestras mujeres y niñas católicas:

La vestimenta inmodesta corresponde a:

  • vestidos o blusas escotadas;
  • faldas o pantalones cortos que expongan la parte superior de las piernas;
  • vestimenta transparente;
  • vestidos o pantalones excesivamente ajustados.

Aquí podría preguntarse acerca de aquellas ocasiones particulares que parecen pedir excepciones. ¿Qué hay de los tiempos extremadamente cálidos, los deportes y la natación?

En estos casos, la mujer tendrá que utilizar el sentido común y tomar algunas precauciones extras, pues lleva una grave responsabilidad. En tiempos cálidos, puede usar un vestido o una falda floja, ligera y fresca, y, no obstante, ser modesta; en los deportes, y dependiendo de la actividad, debe ser creativa para mantenerse dentro de los límites; en la natación puede usar un tipo de yérsey o prenda que cubra, excepto cuando está nadando. Hoy el tipo de traje de baño femenino es extremadamente importante: la mayoría son groseramente inmodestos, y tal vez tendrá ella que hacerse o proveerse de sus propias combinaciones. Si eso es lo que cuesta permanecer modesta, debe hacerlo.

Dejen que nuestras mujeres y niñas católicas reflexionen seriamente sobre su manera de vestir y sobre la obligación moral de abstenerse de los “estilos y modas que gravemente ofenden a nuestro Divino Señor.” Cuando consideramos que el máximo mal que puede sucederle a alguien es la pérdida eterna de su alma, ¡cuánto más debiéramos temer ser la causa u ocasión de pecado para alguien!

Teniendo esto en mente, concluyamos con una revisión de las instrucciones dadas por el Consejo de Vigilancia en el Acta Apostolicæ Sedis (Actas de la Sede Apostólica) a los obispos y ordinarios durante el pontificado de Pío XI:

En virtud del Supremo Apostolado que ejerce en la Iglesia universal, Su Santidad el papa Pío XI nunca ha dejado de inculcar por palabra y por escrito aquel precepto de san Pablo (1 Tim. 2:9-10): “Asimismo que las mujeres se atavíen de ropa decorosa, con pudor y modestia […] con buenas obras, como corresponde a mujeres que profesan piedad.”

Y en muchas ocasiones, el mismo supremo pontífice ha reprendido y vehementemente condenado esa inmodestia que está hoy en boga en todas partes, aún entre mujeres y niñas católicas; práctica que causa gran daño a la suprema gloria y virtud de la mujer, y que desafortunadamente lleva no solamente a su desventaja temporal, sino, lo que es peor, a eterna ruina suya y de otras almas.

No es sorpresa, pues, que los obispos y otros ordinarios, como ministros de Cristo, hayan resistido unánimemente y por todos los medios, en sus respectivas diócesis, esta licenciosa y desvergonzada moda; y con ello hayan tenido que soportar animada y valientemente el escarnio y ridículo algunas veces dirigido en contra suya.

Consecuentemente, para mantener la disciplina entre clero y laicos, esta Sagrada Congregación aprueba y alaba dicha acción y vigilancia por parte de los obispos; además les exhorta seriamente a continuar en la tarea y propósito que tan sabiamente comenzaron, cada vez con mayor vigor, hasta que esa peste sea enteramente desterrada de la sociedad decente.

Para que ello se logre con mayor facilidad y seguridad, esta Sagrada Congregación, en cumplimiento de las órdenes de Su Santidad, ha determinado los siguientes reglamentos concernientes al tema:

I. Cuando tengan la oportunidad, los pastores y predicadores deben, según las palabras de san Pablo (2 Tim 4:2), instar, redarguír, reprender y exhortar, con el fin de que las mujeres usen vestimentas decorosas, las cuales pueden ser ornamento y salvaguardia de la virtud; también deben ellos avisar a los padres de que no permitan a sus hijas vestir inmodestamente.

II. Los padres, conscientes de su gravísima obligación de proveer especialmente para la educación moral y religiosa de sus hijos, deben asegurarse con especial cuidado de que sus hijas reciban una instrucción sólida en la doctrina cristiana desde la más temprana edad; y ellos mismos, por palabra y ejemplo, han de entrenarlas seriamente para adquirir un amor al pudor y la castidad. Tras el ejemplo de la Sagrada Familia, los padres deben esforzarse de tal modo a ordenar y regular la familia, a fin de que cada miembro pueda encontrar en el hogar alguna razón o motivo para amar y apreciar la modestia.

III. Los padres también deben prevenir que sus hijas tomen parte en entrenamientos públicos y concursos atléticos; pero si son obligadas, deben asegurarse de que vistan un traje enteramente recatado, nunca permitiendo lo contrario.

IV. Los directores de escuelas e institutos para jovencitas deben esforzarse por imbuir en sus corazones el amor a la modestia para que se vean persuadidas a vestir moderadamente.

V. No se ha de admitir a las escuelas o institutos a jovencitas dadas a los vestidos indecentes; mas si tales han sido recibidas, a menos que cambien, serán expulsadas.

VI. Las monjas, de acuerdo con la Carta del 23 de agosto de 1928, de la Sagrada Congregación de Religiosas, no admitirán ni dejarán que permanezcan en sus institutos, escuelas, oratorios y centros de diversión, jovencitas que no observen en los vestidos el pudor cristiano; y, en su cargo de educadoras, tomarán especial cuidado de sembrar en sus corazones un amor a la castidad y la decencia cristiana.

VII. Con el propósito de restringir por consejo, ejemplo, y actividad los abusos concernientes a la indiscreción en la vestimenta, y para la promoción de la pureza moral y la humildad, se establecerán y fomentarán asociaciones femeninas piadosas.

VIII. Las mujeres que vistan inmodestamente no serán admitidas a estas asociaciones; y las que ya hayan sido aceptadas, si no se enmiendan tras haber cometido una falta en este respecto, seguida de una advertencia, serán expulsadas.

IX. A niñas y mujeres que vistan indecorosamente se les ha de negar la Sagrada Comunión y excluir de los oficios de madrinas en los sacramentos de bautismo y confirmación, y en casos apropiados, han de excluirlas aún de la iglesia.

X. En tales fiestas del año que ofrezcan oportunidades especiales para inculcar la modestia cristiana, especialmente en las fiestas de la Bienaventurada Virgen, los pastores y sacerdotes a cargo de uniones piadosas y asociaciones católicas no deben fallar en predicar un sermón oportuno sobre el tema, a fin de alentar a las mujeres a que cultiven el recato cristiano en el vestir. Cada año, en la fiesta de la Inmaculada Concepción, se rezarán ciertas oraciones en todas las catedrales y parroquias; y cuando sea posible, también habrá una exhortación oportuna por medio de un solemne sermón a los fieles.

XI. El Concilio diocesano de Vigilancia, mencionado en la declaración del Santo Oficio el 22 de marzo de 1918, deberá de tratar especialmente, al menos una vez al año, de las formas y medios para mantener el recato en la vestimenta femenina.

XII. A fin de que esta acción provechosa pueda proceder con mayor eficacia y seguridad, los obispos y otros ordinarios informarán también cada tres años, y junto con su reporte sobre la instrucción religiosa mencionada en el Motu proprio, Orbem Catholicum del 29 de junio (1923), a esta Congregación sobre la situación concerniente a la vestimenta femenina, y sobre las medidas que se habrán tomado en cumplimiento de esta Instrucción.

Para que nadie piense que este difícil tema de la modestia sea un tópico inapropiado e inadecuado para que dirijan nuestros sacerdotes a sus fieles, nos referimos a la declaración final de la Sagrada Congregación del Concilio:

I. Cuando tengan la oportunidad, los pastores y predicadores deben, según las palabras de San Pablo (2 Tim 4:2): instar, redarguír, reprender, exhortar, con el fin de que las mujeres usen vestimentas decorosas, las cuales pueden ser ornamento y salvaguardia de la virtud; también deben ellos avisar a los padres que no permitan a sus hijas vestir inmodestamente.

In Christo Jesu et Maria Immaculata,
Rvdmo. Mark A. Pivarunas

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